jueves, 12 de junio de 2025

Guía completa para vender una vivienda tras un divorcio

Vender una vivienda tras un divorcio es una de las decisiones más relevantes y complejas que pueden enfrentar las personas en un momento emocionalmente delicado. Más allá del componente sentimental, este proceso conlleva importantes implicaciones legales, fiscales y patrimoniales. El objetivo de esta guía es proporcionar toda la información necesaria, basada en escenarios reales y legislación vigente, para realizar esta operación con la mayor seguridad jurídica y eficiencia económica posible.

¿Es obligatorio vender la vivienda tras un divorcio?

No siempre es obligatorio vender la vivienda después de una separación. Sin embargo, puede convertirse en la opción más práctica cuando no se alcanza un acuerdo entre las partes o cuando ninguno de los cónyuges desea conservar el inmueble. A continuación, exploramos las principales alternativas:

  • Adjudicación a uno de los cónyuges: Uno de los miembros puede quedarse con la vivienda, compensando económicamente al otro. Esta operación se conoce como extinción de condominio y puede tener beneficios fiscales significativos.
  • Alquiler del inmueble: Si nainguna de las partes desea quedarse con la vivienda, una opción es alquilarla y repartir los beneficios en proporción al porcentaje de propiedad.
  • Mantener la propiedad conjunta: Algunos ex cónyuges optan por mantener la copropiedad del inmueble y venderlo más adelante, cuando las condiciones del mercado sean más favorables o la situación familiar lo permita.
  • Uso exclusivo por uno de los cónyuges: Si existen hijos menores de edad, el juez suele adjudicar el uso de la vivienda al progenitor custodio, posponiendo la venta hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad o se independicen.

El régimen económico matrimonial determina el proceso

El régimen matrimonial bajo el cual se contrajo matrimonio afecta directamente a cómo se gestiona la venta del inmueble. Estos son los tres principales casos:

Régimen de gananciales

En este régimen, todos los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos cónyuges por igual. Si la vivienda se compró durante el matrimonio bajo este régimen:

  • La propiedad se divide al 50 %, aunque solo uno de los cónyuges haya aportado económicamente.
  • Para vender, es obligatorio contar con el consentimiento de ambos.
  • Si no hay acuerdo, se puede recurrir a:
    • Extinción del condominio, donde uno adquiere la parte del otro.
    • Acción judicial de división de la cosa común, en la que un juez puede ordenar la venta, incluso mediante subasta.

Es importante tener en cuenta que incluso si uno de los cónyuges no vive en la propiedad, sigue teniendo derechos sobre ella. Este tipo de conflicto es común cuando uno de los ex cónyuges mantiene la vivienda como residencia principal y el otro desea vender.

Separación de bienes

En este caso, cada cónyuge mantiene la propiedad individual de lo que haya adquirido por su cuenta. Si la vivienda está a nombre de uno solo, este puede vender sin necesidad de autorización del otro (salvo que existan hijos o pactos previos). Si está a nombre de ambos:

  • Se requiere acuerdo para vender.
  • El reparto de beneficios se realiza según la proporción de titularidad reflejada en la escritura.

Este régimen permite mayor flexibilidad a la hora de decidir qué hacer con la vivienda, pero también puede generar conflictos si no se han definido bien los porcentajes de propiedad.

Parejas de hecho

Las parejas de hecho no están sujetas a régimen económico matrimonial, pero si compraron la vivienda conjuntamente:

  • Ambos deben firmar la venta.
  • El reparto del dinero se hace conforme al porcentaje que figure en las escrituras.
  • No es necesario disolver ningún régimen económico.

Además, si la vivienda fue el domicilio familiar, en algunas comunidades autónomas existen normativas específicas que también protegen al miembro de la pareja con hijos menores o en situación de dependencia.


Otros aspectos clave antes de vender una vivienda tras el divorcio


¿Qué documentación es necesaria para vender la vivienda?

Antes de iniciar el proceso de venta es fundamental tener en orden todos los documentos que serán solicitados por notarios, registros, compradores o profesionales involucrados en la operación. La documentación básica incluye:

  • Escritura de compraventa original (recomendable).
  • Nota simple actualizada del Registro de la Propiedad.
  • Certificado de cargas o hipoteca (si existen).
  • Recibos del IBI (año en curso más 4 años o certificado de consell comarcal de estar al corriente de pagos de tributos).
  • Certificado de comunidad de estar al corriente de pagos. 
  • Certificado de eficiencia energética (obligatorio por ley para vender).
  • Cédula de habitabilidad (según la comunidad autónoma).
  • Certificado de deuda cero (en caso de hipoteca cancelada).
  • Sentencia de divorcio y convenio regulador (si afecta al uso del inmueble).
  • DNI o NIE de los titulares.

Es recomendable que toda esta documentación se prepare con antelación, para evitar retrasos en las fases más críticas del proceso.

¿Qué gastos debe asumir el propietario al vender la vivienda?

Los principales impuestos y gastos relacionados con la venta son:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): se paga si hay ganancia patrimonial. La base imponible se calcula restando al precio de venta el valor de adquisición, los gastos asociados y las mejoras. Puede haber exención si se reinvierte en una nueva vivienda habitual o en caso de mayores de 65 años.
  • Plusvalía municipal: Grava el incremento del valor del suelo.
  • Gastos de cancelación de hipoteca: En caso de que la vivienda esté gravada con una hipoteca, será necesario afrontar los gastos de cancelación registral, los honorarios notariales correspondientes y, en su caso, la comisión bancaria por cancelación anticipada.
  • Honorarios de la agencia inmobiliaria: Si se contratan servicios profesionales de una agencia inmobiliaria para gestionar la venta, los honorarios derivados serán responsabilidad del propietario.

FAQs: Preguntas frecuentes

¿Puedo vender la casa sin el consentimiento de mi ex pareja?

No, salvo que seas el único titular de la propiedad. Si ambos figuran como propietarios, se requiere la firma y el consentimiento de los dos para proceder con la venta. Si no se logra acuerdo, es posible iniciar un procedimiento judicial de división de la cosa común.

¿Qué sucede si mi ex se niega a vender?

Existen tres vías legales: la extinción del condominio (uno compra la parte del otro), la venta del proindiviso (vender tu parte a un tercero) o la división judicial de la cosa común (el juez ordena la venta, normalmente por subasta pública).

¿Cómo se reparte el dinero de la venta?

Dependerá del régimen económico del matrimonio:

  • En régimen de gananciales, se reparte al 50 %.
  • En separación de bienes, se reparte según la titularidad inscrita.
  • En parejas de hecho, también se reparte según el porcentaje en escrituras.

¿Se puede vender si hay hipoteca?

Sí, pero la hipoteca debe cancelarse en el acto de compraventa con el dinero obtenido. También es posible que el comprador se subrogue en la hipoteca o que uno de los ex cónyuges asuma el préstamo de manera individual con autorización bancaria.

¿Qué pasa si hay hijos menores y se quiere vender la vivienda?

Se requiere autorización judicial. El juez evaluará que la venta no afecte negativamente al bienestar de los menores y que el progenitor custodio tenga una alternativa habitacional adecuada.

¿Quién paga la plusvalía municipal?

Este impuesto se paga al Ayuntamiento y puede ser asumido por uno o ambos propietarios. Legalmente es solidario, por lo que si uno no paga, el consistorio puede reclamar el total al otro.

¿Qué pasa si la casa se vendió antes de que el divorcio se formalizara?

El dinero obtenido forma parte de la masa conyugal. Su reparto dependerá de lo que se pacte en el convenio regulador o de lo que dicte el juez en la sentencia de divorcio.

¿Puedo quedarme con la casa aunque no esté a mi nombre?

Solo mediante acuerdo con el titular o por decisión judicial si tienes la custodia de los hijos y el juez considera que necesitas el uso de la vivienda. Pero no te convierte automáticamente en propietaria o propietario.

¿Qué ocurre si no se paga la hipoteca tras el divorcio?

El banco puede reclamar la deuda a ambos, independientemente de quién viva en la vivienda. Por eso, es crucial renegociar la hipoteca o cancelarla con la venta del inmueble.


Conclusión

Vender una vivienda tras un divorcio puede ser una experiencia emocionalmente difícil y jurídicamente compleja. Sin embargo, con la información adecuada, el acompañamiento de profesionales expertos y un enfoque colaborativo, este proceso puede transformarse en una solución práctica para cerrar una etapa y empezar otra con claridad y seguridad.

No tomes decisiones apresuradas. Cada caso es único, y contar con asesoría legal e inmobiliaria especializada es clave para evitar errores costosos y proteger tu patrimonio y bienestar emocional.

Establecer acuerdos sólidos, entender los derechos y deberes de cada parte, anticipar posibles conflictos y conocer las vías legales más eficaces son herramientas esenciales para lograr una venta satisfactoria.

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